Tribunal alemán gana a Nintendo en esta apelación por las reservas en la eShop de Switch
Podría haber cambios en camino
Seguramente recordaréis el tema legal abierto en relación a la imposibilidad de cancelar las reservas en la Nintendo eShop. Nintendo ganó este caso en su momento, pero ahora el tribunal de apelación alemán ha revocado esa decisión tras el trabajo de la Federación de Organizaciones de Consumidores Alemanes (VZBV) y el Consejo de Consumidores de Noruega.
La última novedad que recibimos sobre este asunto fue en septiembre de 2020, cuando Nintendo cambió su política permitiendo que los pedidos anticipados de más de 7 días antes del lanzamiento de un juego se pudieran directamente en la eShop o a través de las páginas de la cuenta de Nintendo. Sin embargo, el tribunal de apelación ve esto insuficiente e insiste en ofrecer un proceso más claro para los jugadores.
Este es el comunicado que han emitido desde el tribunal de apelación tras conseguir su victoria:
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Nintendo ya había ofrecido videojuegos para descargar en su tienda electrónica antes de la fecha de lanzamiento oficial. La descarga usualmente incluía una “precarga” completa del software del juego, así como un icono que se muestra en la consola de videojuegos. El desbloqueo del juego se realizó mediante actualización solo en la fecha de inicio oficial. Por lo general, estas compras en línea se pueden revocar en un plazo de 14 días sin dar razones.
Sin embargo, Nintendo había excluido el derecho de desistimiento y se basó en una excepción legal. Sin embargo, no se cumplieron los requisitos previos para el derecho de revocación, ya que la descarga disponible después del pedido por adelantado aún no contenía ningún juego utilizable. Hasta la fecha de lanzamiento, el juego no tiene valor para los compradores y el contrato de Nintendo no se cumple de ninguna manera.
Habrá que ver cómo evoluciona el caso, ya que se cree que Nintendo podría verse obligada a lanzar otra actualización para la eShop garantizando que en ella se cumplen los mismos derechos que con los productos físicos y no basándose en el concepto de “precarga”. ¿Qué opináis vosotros?